Sentencia de 7.000 euros contra Vodafone por inclusión indebida en ASNEF y EXPERIAN

El caso

Los abusos de las grandes compañías son tristemente habituales. Jaime fue una de las víctimas, en este caso de Vodafone, compañía que le hizo la vida imposible durante muchos meses.

La pesadilla comenzó para él en el momento de solicitar un préstamo. Su banco, sorprendentemente, se lo denegó por una razón inesperada: sus datos estaban en el fichero de morosos ASNEF. Jaime nunca tuvo constancia de deber nada, mucho menos los más de 550 euros exigidos por Vodafone. La información no terminó ahí. Después de una serie de tortuosas gestiones, Jaime también descubrió que estaba incluido en EXPERIAN por la misma cantidad. El incidente le impidió realizar un gran número de operaciones.

Jaime fue cliente de Vodafone en el pasado hasta que decidió irse en un proceso no demasiado amistoso. Él les contrató por su gran afición al fútbol, un servicio que meses después del inicio de la vinculación se dejó de ofrecer. Ya que era el motivo de su llegada, y tras rechazar varias ofertas, decidió irse. Fue ahí cuando recibió una controvertida y exagerada penalización por baja anticipada.

Jaime contactó con ellos sin ningún tipo de éxito, así que recurrió a Honoriza. Como tampoco fuimos bien recibidos no tardamos en denunciarles por una vulneración del derecho al honor. Las dos inclusiones en los registros ASNEF y EXPERIAN habían sido indebidas.

 

La sentencia

Este procedimiento dejó dos resoluciones y ambas le dieron la razón a Honoriza. La única diferencia residió en la cantidad de la indemnización impuesta a Vodafone, condenada por vulneración del derecho al honor.

La sentencia de primera instancia interpretó que los 12.000 euros solicitados en la demanda eran correctos vistas las circunstancias. Jaime había permanecido de forma indebida en dos ficheros diferentes durante año y medio, tiempo suficiente para que un total de 20 entidades consultaran sus datos.

Además del origen de la supuesta deuda, quedó claro que Vodafone había incumplido el requisito obligatorio de requerimiento de pago con preaviso de inclusión:

«No consta que a la firma del contrato de telefonía y otros servicios que motivó la deuda se hubiera advertido al demandante de que una de las consecuencias del impago de alguna de las cuotas supondría entre otras su inclusión en los ficheros de morosos».

La culpable recurrió esta resolución inicial ante la Audiencia Provincial de Oviedo con la intención de revocarla. No lo logró. El organismo sí decidió establecer la compensación económica en 7.000 euros basándose en resoluciones de circunstancias similares.

 

Nuestra valoración

Para poder valorar una inclusión en ASNEF o EXPERIAN hay que considerar los tres requisitos obligatorios recogidos en la Ley de Protección de Datos:

  • Existencia previa de deuda cierta, vencida y exigible.
  • Que no hayan transcurrido seis años desde la fecha en que hubo de procederse al pago de la deuda.
  • Requerimiento previo de pago a quien corresponda el cumplimiento de la obligación.

Como Vodafone no los cumplió, las inclusiones que realizó fueron indebidas. Por esa razón, al afectado le correspondía una indemnización por ver vulnerado su derecho al honor.

 

FICHA TÉCNICA

  • Empresa demandada: Vodafone España S.A.
  • Importe de la obligación de pago inicial reclamada: 552,70 euros
  • Tiempo de inclusión indebida en el fichero: Un año y medio en ASNEF y EXPERIAN
  • Fecha de la demanda: 20/05/2020 por vulneración del derecho al honor
  • Fecha de la sentencia en primera instancia: 10/03/2021, nº 43/2021 del juzgado de 1º instancia nº 2 de Avilés (Asturias)
  • Fecha de la sentencia en segunda instancia: 10/06/2021, nº 233/2021 de la Audiencia Provincial de Oviedo (sección nº 4)
  • Resultado de la sentencia: 7.000 euros a favor del demandante