Indemnización de 2.500 euros contra Caixabank

El caso

Durante la realización de unas gestiones financieras, José Manuel se enteró de que estaba incluido en ASNEF. Caixabank, con quien tenía contratado un crédito, le reclamaba una deuda. Ante los supuestos impagos, la compañía bancaria decidió incluir sus datos en el fichero de morosos. Lo hizo de forma indebida, con el perjuicio moral y económico que esto supone.

Por ello, José Manuel recurrió a la ayuda de Honoriza. Demandamos a Caixabank por vulnerar su derecho al honor y solicitamos al juzgado una indemnización de 4.500 euros. En el momento de su presentación, los datos del afectado todavía estaban dentro de ASNEF.

 

La sentencia

El juez estimó parcialmente la demanda de Honoriza y condenó al banco a pagar una indemnización de 2.500 euros más los intereses legales. Caixabank no acreditó la existencia de la deuda durante el procedimiento. Por lo tanto, al contrario de lo que exige la Ley, la deuda no era cierta, vencida y exigible.

La inclusión fue indebida y la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo con respecto a ello es definitiva:

«La inclusión de los datos de clientes en ese tipo de registros es una práctica bancaria que exige una correcta utilización, por lo que ha de rechazarse cuando se presenta abusiva y arbitraria».

«Aquel acreedor que promueve el alta debe constatar la corrección de los datos del deudor y del cumplimiento de los requerimientos previos que le exige la Ley con sumo celo, pues la inclusión en el fichero, por sí sola, no facilita el cobro de la deuda y al margen de los efectos informativos a terceros en el tráfico jurídico, el efecto negativo adicional para el deudor se produce por el solo hecho de su inclusión».

Por si fuera poco, a pesar de afirmar que sí, Caixabank tampoco cumplió el requisito de preaviso de inclusión. Así lo considera la sentencia de este caso:

«No se acredita de ninguna manera la previa notificación o requerimiento de su inclusión en el registro».

Como José Manuel aún estaba dentro de ASNEF en el momento de la resolución, la sentencia obligó al banco a realizar las gestiones necesarias para excluirle.

 

Nuestra valoración

Los ficheros de morosos, como ASNEF o EXPERIAN, son utilizados frecuentemente por las empresas como medida de presión. En muchas ocasiones la balanza es favorable porque consiguen su objetivo: que el afectado, aunque haya sido incluido indebidamente en ellos, pague su supuesta deuda. Las cantidades ingresadas con esa maniobra superan usualmente las de las indemnizaciones que deben pagar.

La misión de Honoriza, por esa razón, no solo es defender a la gente ante estas actuaciones. También informarla de que, en este tipo de problemas, tiene derecho a una indemnización por vulneración del derecho al honor.

Por otra parte, este es un caso más en el que la persona incluida se entera del problema de casualidad. Es un indicativo claro de inclusión indebida, ya que por Ley se debe comunicar de forma procedente. Caixabank no lo hizo, además de no acreditar correctamente la existencia de la deuda.

Muchas veces, al recibir una demanda, las compañías excluyen a la persona de ASNEF y/o EXPERIAN para evitar una condena mayor. La entidad bancaria, en este caso, la mantuvo.

 

FICHA TÉCNICA

  • Empresa demandada: Caixabank S.A.
  • Importe de la obligación de pago inicial reclamada: 1.230,75 euros
  • Tiempo de inclusión indebida en el fichero: Un año y medio
  • Fecha de la demanda: 25/08/2020 por vulneración del derecho al honor
  • Fecha de la sentencia: 04/01/2021, nº 6/2021, del juzgado de 1º Instancia nº 7 de Avilés (Asturias).
  • Resultado de la sentencia: 2.500 euros más intereses legales a favor del demandante