Indemnización de 2.500 euros contra BBVA

El caso

Juan debía una cantidad al BBVA, pero se encontró con una desagradable sorpresa: habían incluido sus datos en el fichero de morosos ASNEF. Aunque la deuda era cierta y Juan nunca se había negado a pagarla, el banco decidió utilizar el fichero para presionarle.

Por los daños morales y de imagen que supone la inclusión en un fichero de morosos, Juan acudió a Honoriza. Demandamos al BBVA por una vulneración del derecho al honor por una inclusión indebida, y solicitamos una indemnización de 4.500 euros. Los datos de Juan continuaban en ASNEF en el momento de la denuncia.

 

La sentencia

El juzgado estimó parcialmente la demanda de Honoriza y condenó al BBVA a pagar una indemnización de 2.500 euros. Consideró que la deuda era efectivamente cierta, aunque no se había cumplido un requisito indispensable para que la inclusión en ASNEF fuera procedente: el requerimiento previo de pago con preaviso de inclusión. El BBVA, en su alegato, defendió que sí.

La sentencia dice lo contrario:

«Si bien conforme a las reglas de la sana crítica sí existen indicios del envío por parte de Equifax de la comunicación de que ya había sido incluido en dicho fichero (…), no es así en el requerimiento previo exigible a la demandada, pues se aporta un mero expediente en el que se certifica por una empresa subcontratada por la misma y que le suple su obligación y actuación, que se ha enviado ese requerimiento, pero de la documentación no se puede acreditar de ninguna manera que dichos supuestos envíos genéricos que solo se mencionan el número enviado de cartas, pero no un listado de las mismas con sus direcciones y destinatarios, comprendieran el del actor».

«Por ello siendo la prueba de la demandada, y no acreditando la recepción, sino el envío, procede entender que no ha cumplido el requerimiento previo».

Además, como se comentó anteriormente, la culpable mantenía a Juan en ASNEF en el momento de la sentencia. El juez, además de la indemnización, también condenó al banco a eliminar los datos de Juan del fichero.

 

Nuestra valoración

La deuda de Juan con el BBVA era cierta, vencida y exigible. Sin embargo, la mercantil fue condenada por no cumplir fehacientemente el requerimiento de pago con preaviso de inclusión.

El Tribunal Supremo se ha pronunciado frecuentemente sobre este tema:

«Aquel acreedor que promueve el alta debe constatar la corrección de los datos del deudor y del cumplimiento de los requerimientos previos que le exige la Ley con sumo celo».

Por lo tanto, como el BBVA no cumplió con los requisitos, la inclusión de Juan es ASNEF fue indebida. Si es indebida, al afectado le corresponde una indemnización por daños a su honor.

 

FICHA TÉCNICA

  • Empresa demandada: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A.
  • Importe de la obligación de pago inicial reclamada: 400 euros
  • Tiempo de inclusión indebida en el fichero: Aproximadamente cinco años en ASNEF
  • Fecha de la demanda: 26/03/2020 por vulneración del derecho al honor
  • Fecha de la sentencia: 04/01/2021, nº 2/2021 del juzgado de 1º instancia nº de Avilés (Asturias)
  • Resultado de la sentencia: 2.500 euros a favor del demandante