Las pymes tienen honor (y también se lo pisotean)

Las grandes compañías extienden sus prácticas abusivas a cualquier cliente. También a las pequeñas empresas. Por ello, Orange tuvo que indemnizar con 9.000 euros a una pequeña asesoría gallega.

En junio de 2015, Pablo, gestor de una asesoría, contrata a Orange un sistema de oficina virtual (equipos de telefonía en diferentes ubicaciones, conectadas y gestionadas mediante una centralita virtual).

En una de las oficinas el sistema no funciona por un problema de cobertura. Pablo anuncia su intención de cambiar de operador en noviembre de 2015, pero Orange le dice que no se preocupe; le pondrán una antena que amplifica la cobertura.

Hasta mayo de 2016 no llega la antena. Pero no funciona. La atención al cliente de la empresa, tampoco.

Finalmente, Pablo decide portar las líneas a otro operador que sí le ofrece el servicio, y poner a disposición de Orange los equipos. La respuesta de la empresa fue que iba a aplicarle unas fuertes penalizaciones.

Pablo no sabe qué hacer y pide ayuda.

 

La importancia de tener una asistencia técnica adecuada, no solo legal

Pablo acude a nosotros por ser expertos en el ámbito mercantil del sector de la tecnología y las comunicaciones.

Gracias a consultar a técnicos especializados, Pablo sabe que esa antena no podrá rendir nunca como se espera. También que no es adecuado portar solo unas líneas, pues es necesario tener todas bajo un mismo operador para que funcione la oficina virtual.

Le pide a Orange una solución, que una vez más no llega. Sin embargo, la operadora sí que se apresura a aplicar la amenaza de las penalizaciones tan pronto Pablo, en diciembre de 2016, cambia de proveedor.

 

El camino más corto: atacar al honor y a las finanzas del cliente

Si la operadora tardó año y medio en dar una solución técnica insatisfactoria a su cliente, en apenas 3 meses le pide que pague unas facturas con “una oferta de descuento”, y al mismo tiempo le incluye en el fichero de morosos ASNEF EMPRESAS.

De esto último Pablo no tuvo noticia hasta que su banco le denegó un préstamo de cuantía relevante para poder ejercer su actividad.

Le llaman moroso, con el daño que eso conlleva para su reputación empresarial, y le ahogan financieramente al incluirle en el fichero por una deuda que no reconoce.

Si eso no fuera bastante, y como es habitual por parte de estas empresas, a Pablo le atosigan durante meses. A él y a su familia. Llaman incluso a sus hijas menores, de 14 y 16 años.

Pablo escribe al fichero de morosos ASNEF EMPRESAS para que le excluyan. Alega motivos más que suficientes. No le hacen caso.

Angustiado y harto, Pablo decide demandar a la compañía y poder defenderse en el juzgado, lugar donde Orange debería haber recurrido para reclamar el pago de la supuesta deuda. Sin embargo, la presión abusiva suele ser el camino más corto y rentable para estas empresas.

 

Un método de presión inadmisible y antijurídico

La demanda de Pablo fue admitida a trámite en diciembre de 2017.

Debido a la saturación del juzgado, la jueza no emitió sentencia hasta julio de 2019. Pero fue una sentencia contundente.

En ella, además de quedar patente que Pablo hizo todo lo posible para encontrar una solución, sin éxito, y que la inclusión en el fichero atentó contra el honor de la empresa y sus posibilidades de financiación, la jueza señala que:

(…) se trata de una deuda discutida y discutible y la demandada, en lugar de proceder a reclamar la deuda por la vía judicial oportuna, utilizó este método de presión que debe ser calificado, aquí y ahora, como inadmisible y antijurídico.

La sentencia obligaba a Orange a pagarle a la empresa de Pablo una indemnización de 9.000 euros, además de sacarle del fichero.

Orange apeló no sobre el fondo del asunto, indefendible, sino sobre la cuantía de la indemnización.

En febrero de 2021, la Audiencia Provincial de Pontevedra ratificó punto por punto los argumentos de la jueza para el cálculo de la indemnización, y condenó a Orange al pago de las costas.

Pablo, mientras se esfuerza, como tantas pymes, en ofrecer el mejor servicio posible, aún se pregunta cómo puede haber empresas que antes de buscar soluciones prefieren coger del cuello a sus clientes y poner en riesgo su negocio. Por una simple antena.

 

El caso de Pablo, en el tiempo

Honoriza | Caso Pablo contra Orange - línea tiempo

Pablo contó su historia en la Sexta

 

Ficha técnica

  • Empresa demandada: Orange Espagne, S.A.U.
  • Importe de la obligación de pago inicial reclamada: 4.420,97 euros
  • Tiempo de inclusión indebida en el fichero: Al menos ocho meses
  • Fecha de la demanda: diciembre de 2017, por vulneración de derecho al honor
  • Fecha de la sentencia en 1º instancia: 01/07/2019, nº 0083/2019, del juzgado de primera instancia nº 3 de O Porriño
  • Resultado de la sentencia: Indemnización de 9.000 euros a favor del demandante
  • Fecha de la sentencia en la Audiencia, 2ª instancia: 22/02/2021, nº 00109/21, del juzgado de la sección 1ª de la Audiencia Provincial de Pontevedra
  • Resultado de la sentencia: Confirmación de la Indemnización de 9.000 euros a favor del demandante